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TASA POR EL SERVICIO DE COMPLEJO DEPORTIVO/PISCINAS MUNICIPALES
Artículo 1.
Este Ayuntamiento, conforme a lo autorizado por el artículo 106 de la Ley 7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen local y de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.4,o) de la Ley 39/88 de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, establece la Tasa por la utilización de casas de baño, duchas, piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos, que se regulará por la presente Ordenanza, redactada conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 39/88 citada.
HECHO IMPONIBLE
Artículo 2.
Constituye el hecho imponible de este tributo el uso de las piscinas y restantes instalaciones deportivas de que está dotado el Complejo Deportivo Municipal sito en Paseo de la Arboleda, s/n de Pina de Ebro, así como la prestación de los servicios de las referidas instalaciones.
DEVENGO
Artículo 3.
La obligación de contribuir nacerá desde que la utilización se inicie mediante la entrada al recinto, debiendo abonarse previamente la tasa.
SUJETOS PASIVOS
Artículo 4.
Están obligadas al pago las personas naturales usuarias de las instalaciones.
BASE IMPONIBLE Y LIQUIDABLE
Artículo 5.
Se tomará como base del presente tributo el número de personas que efectúen la entrada a las instalaciones, así como el número de horas o fracción de utilización de las pistas de tenis y el frontón de pelota.
CUOTA TRIBUTARIA
Artículo 6.
Las tarifas a aplicar serán las siguientes:
ABONOS TEMPORADAVERANO
PISCINAS/COMPLEJO DEPORTIVO
FAMILIARES
Matrimonio * 67,30 euros
Monoparentales ** 33,65 euros
Hijo de más de 14 años 23,25 euros
Hijo de hasta 14 años 15,75 euros
* Los Matrimonios incluyen parejas de hecho que acrediten su condición.
** Los bonos monoparentales familiares incluyen un conyuge e hijos
INDIVIDUALES
Mayores de 14 años 41,50 euros
Hasta 14 años 34,00 euros
Menores de 5 años gratuito
Pensionistas y minusválidos
(mediante acreditación) 7,00 euros
ABONOS PARA SIETE DIAS
(A disfrutar consecutivamente)
FAMILIARES
Matrimonio * 16,00 euros
Monoparentales ** 8,00 euros
Hijo de más de 14 años 7,00 euros
Hijo de hasta 14 años 4,00 euros
* Los Matrimonios incluyen parejas de hecho que acrediten su condición.
** Los bonos monoparentales familiares incluyen un conyuge e hijos
INDIVIDUALES
Mayores de 14 años 11,25 euros
Hasta 14 años 9,00 euros
Menores de 5 años gratuito
Pensionistas y minusválidos 2,00 euros
(mediante acreditación)
ENTRADAS
Días Laborables
Mayores de 14 años 3,00 euros
Hasta 14 años 2,50 euros
Sábados y Domingos
Mayores de 14 años 4,60 euros
Hasta 14 años 3,75 euros
UTILIZACION DE PISTAS DEPORTIVAS
Frontón Grande 2,45 euros/hora
Pistas de Tenis 2,45 euros/hora
Bonificación para los abonados
50 % en utilización de pistas
INSCRIPCIONES EN CURSILLOS DE NATACION
Hasta 14 años: 30,00 euros
Mayores de 14 años: 50,00 euros
ABONOS TEMPORADA INVIERNO
COMPLEJO DEPORTIVO
ABONO TEMPORADA 12 euros
UTILIZACION DE PISTAS DEPORTIVAS
Frontón Grande 2,50 euros/hora
Pistas de Tenis 2,50 euros/hora
Bonificación para los abonados:
Mayores de 14 años 50 % en utilización de pistas
Menores de 14 años 100% en utilización de pistas.
INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS
Artículo 7.-
En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias y sanciones, además de a lo previsto en esta Ordenanza, se estará a lo dispuesto en los artículos 77 y siguientes de la Ley General Tributaria y demás normativa aplicable.
DISPOSICION FINAL
Una vez se efectúe la publicación del texto íntegro de la presente Ordenanza en el “Boletín Oficial de la Provincia” entrará en vigor, continuando su vigencia hasta que se acuerde su modificación o derogación.
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DILIGENCIA: Esta Ordenanza fue aprobada definitivamente por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 4 de septiembre del 2012. Certifico.
El Secretario Acctal.
Jesús Salvador Ocaso
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